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Asesoría legal · Sucesiones · Abogado T151 F840

Heredaste una propiedad
y no podés venderla.

Hasta que la sucesión no esté terminada e inscripta, la casa, el departamento y las cuentas quedan congelados. Nos ocupamos del trámite completo y, si después querés vender, ya tenés la inmobiliaria en el mismo lugar.

Atendemos Justicia Nacional (CABA) · Departamentos judiciales de Provincia de Buenos Aires
Ficha 01Cuándo hace falta

Qué es una sucesión y por qué no podés esquivarla

La sucesión es el proceso que identifica quiénes son los herederos, determina qué bienes forman la herencia y permite inscribirlos a nombre de ellos. Sin ese paso, legalmente nadie puede disponer de nada.

Vas a necesitarla si...

  • Falleció un familiar y quedó un inmueble a su nombre
  • Querés vender, alquilar o hipotecar una propiedad heredada
  • Hay cuentas bancarias o un auto que no podés tocar
  • Son varios herederos y quieren repartir
  • Uno de los herederos quiere vender y otro no

Dónde tramita

La regla general es el último domicilio real del fallecido. Ese dato define si el expediente va a la Justicia Nacional en lo Civil (CABA) o a un departamento judicial de la Provincia de Buenos Aires. No importa dónde esté el inmueble ni dónde vivan los herederos.

Ficha 02El proceso

De la partida de defunción a la escritura

Estas son las etapas de una sucesión sin testamento, que es el caso más común. Te avisamos en cuál estás y qué falta para la siguiente.

01

Armado del expediente

Reunimos la documentación: partida de defunción, partidas que acreditan el vínculo, DNI de los herederos y títulos de los bienes. Si falta alguna partida o hay un error en un nombre, la gestionamos antes de presentar. Un expediente prolijo es lo que después evita meses de observaciones.

02

Apertura y edictos

Se presenta el escrito de inicio ante el juzgado y el juez ordena publicar edictos en el Boletín Oficial. Sirven para que cualquier persona con derecho a heredar pueda presentarse. También se acompaña el formulario del Decreto-Ley 3006.

03

Declaratoria de herederos

Es la resolución en la que el juez reconoce formalmente quiénes son los herederos. Es el objetivo de la primera etapa: hasta que no está dictada, no se puede avanzar sobre ningún bien.

04

Inscripción o venta

Con la declaratoria dictada se inscriben los bienes a nombre de los herederos en el Registro de la Propiedad. Si la idea es vender, existe el tracto abreviado: el inmueble pasa directamente del fallecido al comprador ante escribano, sin el paso intermedio de inscribirlo primero a nombre de los herederos.

Ficha 03Documentación

Qué traer a la primera reunión

No hace falta que tengas todo. Con lo mínimo alcanza para arrancar y el resto lo gestionamos nosotros.

Lo mínimo para empezar

  • Partida de defunción, o saber dónde falleció para pedirla
  • Quiénes son los herederos: hijos, cónyuge, padres
  • DNI de los herederos que inician el trámite

Lo que se suma después

  • Partidas de nacimiento y matrimonio que acreditan el vínculo
  • Título de propiedad de los inmuebles
  • Título del auto o la moto, si los hay
  • Datos de cuentas bancarias y plazos fijos
  • Último domicilio real del fallecido

Los tiempos dependen de cada caso. Con la documentación en orden y sin conflictos entre herederos, una declaratoria en CABA suele resolverse en varios meses; los desacuerdos familiares, las partidas con errores o la venta de los bienes son lo que estira el proceso. A los honorarios profesionales hay que sumarles la tasa de justicia, los aportes, la publicación de edictos y los gastos de inscripción registral.

Ficha 04Por qué con nosotros

Sucesión e inmobiliaria en el mismo lugar

La mayoría de las sucesiones terminan en una venta. Hacer las dos cosas por separado significa explicar todo dos veces y coordinar entre estudios que no se hablan.

Tasación desde el día uno

Sabés cuánto vale la propiedad antes de decidir si conviene vender, alquilar o que uno de los herederos compre la parte de los otros. Ese número cambia toda la conversación familiar.

Sin tiempos muertos

Mientras avanza el expediente vamos preparando la publicación. El día que sale la declaratoria, la propiedad puede salir a la venta, no tres meses después.

Un solo interlocutor

La misma persona te explica el estado del juicio y el estado de la venta. No hay que hacer de intermediario entre el abogado y la inmobiliaria.

ContactoSucesiones

Contanos tu caso

La primera consulta es para entender la situación y decirte qué documentación falta y qué tiempos manejar. Sin compromiso.

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Matrícula
Abogado T151 F840 · CUCICBA Mat. 10036
Horario
Lunes a viernes de 9 a 18 h
Sábados de 10 a 13 h

La información de esta página es de carácter general y orientativo. No constituye asesoramiento legal para un caso concreto: cada situación depende de sus hechos, su documentación y el criterio judicial y registral aplicable.

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